SADA EXIGE EXPLICACIONES AL GOBIERNO DEL ESTADO SOBRE LAS RAZONES POR LAS QUE NO RECURRE LA SENTENCIA DEL PAZO

19 / FEB / 2021

SADA EXIGE EXPLICACIONES AL GOBIERNO DEL ESTADO SOBRE LAS RAZONES POR LAS QUE NO RECURRE LA SENTENCIA DEL PAZO

Inaudito que el gobierno del Estado declare cómo positiva una sentencia que declara poseedores de buena fe a los Franco y obra a compensarles los gastos desde 1975.

No hay razones jurídicas para que el Estado no recurra. Y no hacerlo compromete las acciones de las otras partes y el futuro de otras demandas en relación con el patrimonio detentado por los Franco.

Sada, 18 febrero 2021.

El Ayuntamiento de Sada demanda explicaciones públicas de las razones por las que el Estado tolera pasivamente, sin recurrir, una sentencia que reconoce la condición posesoria de buena fe de los Franco, desde lo propio dictador hasta los actuales herederos, y deber a compensarlos por los gastos necesarios (de mantenimiento) y útiles (de mejora), desde 1975.

Dicho pronunciamento del fallo de la sentencia, lo de la liquidación posesoria de buena fe de los Franco desde 1975, no so ve radicalmente en contra del defendido por la abogacía del Estado en el proceso judicial sino que también supone una alteración sustancial del relato histórico del acontecido en Meirás, convirtiendo a los Franco y al propio Franco de espectadores pasivos de lo que allí aconteció.

Una decisión del gobierno del Estado que, además, compromete tanto el ejercicio de las acciones procesales en materia de recursos de las otras partes persoadas como adesivas simples (caso del Ayuntamiento de Sada) sino que compromete también acciones judiciales futuras de otras administraciones en futuras demandas de recuperación de bienes detentados por los Franco.

Si el gobierno del Estado entiende que no procede la interposición de recurso de casación contra de la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña, lo que espera y exige la ciudadanía gallega en general, y sadense en particular, son explicitar las razones jurídicas y fundamentos de tal decisión, y no, simplemente, decir, sin madres, que la sentencia es positiva para el Estado.

Si el Estado entiende que ese apartado de la sentencia, el referido a la liquidación posesoria, es positiva para el Estado, lo que debería explicar el gobierno del Estado es se considera que declarar de buena fe a los Franco, con el deber de compensarlos económicamente por los gastos desde 1975, es también positiva para el Estado. Y también debería justificar los gobierno del estado si es positivo para los intereses públicos y democráticos que una sentencia, en el 2021, considere a Franco como un simple actor pasivo que nada participó en el proceso y que únicamente quiso regularizar y legalizar un título de propiedad radicalmente nulo.

El gobierno del Estado está a tiempo de rectificar y recurrir la sentencia. Y eso es que lo se espera de un gobierno en un Estado democrático de Derecho.

SENTENCIA PAZO MEIRÁS

La Audiencia Provincial de A Coruña confirmó días atrás que el Pazo de Meirás es propiedad del Estado, ratificando una setenza histórica conseguida desde Galicia, por lo que supone el paso al patrimonio públicodun inmueble conseguido con la represión del Estado fascista, la dictadura y el totalitarismo de Franco.

Con todo, el gobierno local no comparte varias de las consideraciones contenidas en los fundamentos de la sentencia, y, muy especialmente, la declaración como poseedores de buena fe de los herederos del dictador y la te conseguí incorporación al fallo del deber de liquidación posesoria en tal condición, lo que obliga a abonarles no so los gastos necesarios sino también los gastos útiles y, muy especialmente, a consolidar a favor de los Franco todos los ingresos generados por el Pazo y no compensarlos en la liquidación. O, lo que es el mismo, de acuerdo con el fallo los Franco se quedan con los ingresos y el Estado estaría abonándoles los gastos desde 1975.

Algo que el alcalde de Sada considera no ajustado a derecho, dado que, tal y como recogía la sentencia del Juzgado, la posesión de los herederos del dictador debe ser considerada como de mala fe. Considerar que eran descoñecedores o ignorantes de la posesión ilegal del Pazo y de las condiciones en las que Franco adquiríu y detentou el Pazo no es creíble.

"Los Franco no pueden resultar beneficiados de la posesión de un bien detentado ilegalmente desde su origen, apropiándose y consolidando los ingresos obtenidos durante tantos años. Franco actuó de mala fe y sus herederos, también", subraya el alcalde de Sada.

El gobierno local recuerda que la sentencia de la Audiencia omite el hecho de que el dictamen de la comisión de expertos, en el que fundamenta parte de su decisión, contó con un Voto Particular del Ayuntamiento de Sada, que, precisamente argumentaba la consideración posesoria como de mala fe.

En consecuencia, y aún alegrándose del fallo confirmatoria respeto del principal, la incorporación del Pazo al Patrimonio Público, el Ayuntamiento de Sada solicitaba expresamente que las otras partes (Estado, Xunta de Galicia, Diputación de A Coruña y Ayuntamiento de A Coruña), en especial al Estado como parte actora, formalizaran recursos en el apartado concreto del fallo relativo a la liquidación del estado posesorio como de buena fe.

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